La Jornada Laboral
        La jornada de trabajo o jornada laboral es el tiempo que cada trabajador dedica a la ejecucion del trabajo por el cual ha sido contratado. Se contabiliza por el numero de horas en las que el empleado desarrollar su actividad laboral, en principio en el dia o jornada laboral, si bien, por extension, tambien repercute en el computo de la semana laboral, mes laboral y el ano laboral.
Regulacion internacional
        La primera regulacion que se hizo referente a la duracion de la jornada de trabajo, fue en la Conferencia General de la Organizacion Internacional del Trabajo convocada en Washington por el Gobierno de los Estados Unidos de America el 29 de octubre de 1919.
        En esta Conferencia se establecio el convenio por el que se limitan las horas de trabajo en las industrias a ocho horas diarias y cuarenta y ocho semanales cuestion que constituyo el primer punto del orden del dia de la reunion de la Conferencia celebrada en Washington, y que despues de haberse decidido que dichas proposiciones revistieran la forma de un convenio internacional, se acordo la constitucion del acuerdo como Convenio, que podra ser citado como el Convenio sobre las horas de trabajo -industria- de 1919, y que fue sometido a la ratificacion de los Miembros de la Organizacion Internacional del Trabajo de acuerdo con las disposiciones de la Constitucion de la OIT.
Union Europea
        La directiva europea de 2003 de organizacion del tiempo de trabajo (Working Time Directive - 32003L0088 - 4/11/2002) indica que los trabajadores de la Union Europea no pueden ser obligados a trabajar durante mas de 48 horas por semana debiendo tener al menos 11 horas de descanso consecuetivo cada 24 horas, si el horario de trabajo supera las 6 horas el trabajador tendra derecho a un descanso computado como tiempo de trabajo. Semanalmente tendra al menos 24 horas (1 dia) de descanso ininterrumpido. Tendran un descanso anual de 4 semanas. La jornada diaria de trabajo no excedera las 8 horas. Asi lo indica la Directiva de Tiempo de Trabajo.
        En el ano 2005 la semana laboral media en Europa de los trabajadores a tiempo completo era de 40 horas (8 horas de lunes a viernes), por encima de 40 horas estan Letonia (que encabeza la lista con 42,6 horas), Estonia, Republica Checa, Espana (41 horas), Alemania y Austria. Francia aparece en la posicion inferior en horas trabajadas semanales con 37,6 horas semanales, segun Eurostat.
La jornada de trabajo puede ser, basicamente:
Jornada a tiempo completoEn la jornada a tiempo completo la distribucion y organizacion del trabajo se distribuye a lo largo del dia y/o las jornadas de la semana, pudiendose hacer de las siguientes formas:
- Jornada reducida: hay trabajos en los que la jornada es mas reducida debido a una regulacion especial como consecuencia de las particulares circunstancias fisicas en que se ejecuta el trabajo, concretamente son:
- Trabajos con riesgos para la salud de los trabajadores
- Trabajos en camaras frigorificas y de congelacion
- Trabajos en el interior de las minas
- Trabajos de construccion y obras publicas
- Otras reducciones de jornada: guarda legal de hijos o lactancia
- Jornada continua: cuando se inicia y finaliza la jornada con una sola interrupcion de treinta minutos para descansar o tomar algun alimento.
- Jornada partida: cuando a la mitad de la jornada hay una interrupcion del trabajo de al menos una hora de duracion.
- Trabajo a turnos: cuando se establecen turnos de trabajo rotatorios entre los trabajadores que forman equipos van alternando manana, tarde o noche donde la actividad no puede paralizarse, por razones productivas o de servicio.
- Trabajo nocturno. cuando la jornada esta comprendida entre las diez de la noche y las seis de la manana siguiente.
- Trabajo en festivos. cuando el trabajo se realiza en festivos
- Horas extraordinarias: son las horas de trabajo efectivo que se realizan sobrepasando la duracion maxima de la jornada de trabajo legal establecida. El numero de horas extraordinarias no puede ser superior a ochenta al ano, salvo las realizadas por causa de fuerza mayor.
        El periodo de descanso es aquel en el cual el trabajador se encuentra libre de la actividad laboral y no esta tampoco a disposicion del empresario. Los periodos minimos de descanso establecidos, salvo que en convenio colectivo se establezcan periodos superiores, son:
Descanso semanal El trabajador tiene derecho a un descanso minimo semanal de dia y medio ininterrumpido. Como regla general, suele ser la tarde del sabado, o la manana del lunes, y el dia completo del domingo. Para los menores de 18 dieciocho anos es de dos dias, como minimo.
        Entre jornada y jornada tiene que haber un periodo de descanso minimo de doce horas. El jornada continuada debe existir un descanso de al menos quince minutos