Derecho laboral
        El Derecho laboral (tambien llamado Derecho del trabajo o Derecho social) es una rama del Derecho cuyos principios y normas juridicas que tienen por objeto la tutela del trabajo humano, productivo, libre y por cuenta ajena.
        El derecho laboral o Derecho del trabajo es el conjunto de principios y normas juridicas que regulan las relaciones entre empleador(es), trabajador(es), las asociaciones sindicales y el Estado. El Derecho del trabajo se encarga de normar la actividad humana licita y prestada por un trabajador en relacion de dependencia a un empleador a cambio de una contraprestacion. Es un sistema normativo heteronomo y autonomo que regula determinados tipos de trabajo dependiente y de relaciones laborales.
        De esta manera, el concepto de trabajo al que presta atencion el Derecho laboral es la actividad realizada por un humano que produce una modificacion del mundo exterior, a traves de la cual aquel se provee de los medios materiales o bienes economicos que precisa para su subsistencia (productividad), y cuyos frutos son atribuidos libre y directamente a un tercero.
        El fenomeno social del trabajo genera unas relaciones asimetricas entre las partes contratantes, en las que existe una parte fuerte (el empleador) y una parte debil (el empleado). Por ello, el Derecho laboral tiene una funcion tuitiva con respecto al trabajador, tendiendo sus normas a restringir la libertad de empresa para proteger a la parte debil frente a la fuerte, y persiguiendo asi fines de estructuracion social tutelada.
Antecedentes
        El Derecho laboral es el resultado de los aportes de muchos sectores sociales. Al final, no le quedo mas remedio a los gobiernos que acceder a las demandas de los trabajadores, iniciandose asi el intervencionismo del Estado, en la regulacion de las relaciones entre obreros y patrones.
        Poco a poco el trabajador que presta sus servicios subordinadamente ha pasado de ser un esclavo en la Edad antigua, un siervo de la Edad Media (conocido tambien como el siervo de la gleba), a un sujeto con derechos y libertades en la actualidad. El Derecho ha venido a regular condiciones minimas necesarias para una estabilidad social. Las revoluciones Rusa y Mexicana de 1917 comenzaron una tendencia mundial a que los trabajadores reivindicaran sus derechos; sin embargo, en el resto del mundo, no es sino hasta despues de la Segunda Guerra Mundial que se reconocen los derechos modernos de los trabajadores, a saber: el derecho a la huelga, el derecho al trabajo, el derecho de sindicacion y a la negociacion colectiva.
        El surgimiento de las primeras leyes laborales data desde la segunda mitad del siglo XIX, pero no es hasta el ano del 1919 donde esta nueva rama del derecho adquiere su acta de nacimiento con el Tratado de Versalles que pone fin a la primera guerra mundial, donde nace el derecho del trabajo como una rama autonoma con reglas, instituciones y tecnicas propias.
        Hay definiciones filosoficas, economicas y fisicas del trabajo. No obstante, para el Derecho laboral la que importa es la rige el trabajo subordinado. La actividad del medico independiente o del artista, u otros profesionales independientes, estan fuera del interes del Derecho laboral. Donde cese la subordinacion, cesa la aplicacion del derecho laboral.
Constitucion
En las constituciones se contemplan las garantias y libertades que tienen los individuos, y la proteccion de que gozan frente al Estado. En ellas han comenzado a incorporarse derechos sociales que regulan garantias minimas asegurables para los trabajadores, y frente a sus empleadores. Es asi como empiezan a aparecer, en los textos constitucionales, principios y derechos laborales que adquieren el rango normativo maximo: el constitucional. Entre ellos se pueden mencionar:
- Derecho al trabajo.
- Derecho al salario minimo
- Indemnizacion ante despido injusto.
- Jornada de trabajo, descanso semanal y las vacaciones.
- Seguridad social. En algunos paises este es un mecanismo tripartita: el empleado, el patrono y el estado aportan dinero.
- Estabilidad de los funcionarios públicos.
- Seguridad e higiene en la empresa, para tener un ambiente limpio y sano de trabajo. La materia contempla dos temas especificos: los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales.
- Derecho de sindicacion.
- Derecho de huelga y de cierre patronal. Con esto se da una igualdad de armas: si el trabajador tiene derecho a la huelga, el empleador tiene derecho al cierre. Algunos ordenamientos excluyen del derecho a huelga para aquellos sectores que proveen servicios públicos trascendentales.
- Derecho a negociar colectivamente.